Aprueban uso obligatorio de denominación Edición Bicentenario en actos públicos del 2024

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El Ministerio de Cultura aprobó el uso obligatorio de la denominación «Edición Bicentenario» en todas las actividades públicas organizadas por el Poder Ejecutivo, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales a nivel nacional e internacional durante el año 2024.

La medida fue aprobada mediante el Decreto Supremo N.º 001-2024-MC, publicado hoy en el boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano.
Asimismo, respaldada por la Ley N.º 29565 y el Ministerio de Cultura, busca fortalecer la identidad nacional, promoviendo la participación ciudadana en ferias, festivales, concursos y otras actividades análogas. Además, se destaca que el Proyecto Especial Bicentenario de la Independencia del Perú supervisará las actividades, consolidando el compromiso con la conmemoración del bicentenario.

Las entidades mencionadas deberán comunicar al proyecto especial las actividades a desarrollar conforme al siguiente cronograma:

– El último día hábil del mes de febrero lo correspondiente a los meses de marzo, abril y mayo.
– El último día hábil del mes de mayo lo correspondiente a los meses de junio, julio y agosto; y

– El último día hábil del mes de agosto lo correspondiente a los meses de setiembre, octubre, noviembre y diciembre.

Asimismo, otras entidades públicas y personas jurídicas del sector privado tienen la opción facultativa de usar la denominación «Edición Bicentenario» para actividades durante el mismo período.
Este decreto, alineado con políticas culturales y la Política Nacional de Cultura al 2030, se publicará en la sede digital del Ministerio de Cultura, consolidando un enfoque integral hacia el fortalecimiento de la identidad nacional en este año significativo.
Fuente: https://www.elperuano.pe/noticia/234837-aprueban-uso-obligatorio-de-denominacion-edicion-bicentenario-en-actos-publicos-del-2024
Lima, 1 de febrero del 2024